Ir al contenido
  • Reclamar deudas al vencimiento es el único plazo prudencial

    Muchas empresas a lo largo de su facturación se encuentran con el frecuente problema de los impagados de factura cuya gestión de cobro ha de llevarse a cabo lo antes posible.

    En aras de evitar un deterioro de las relaciones con el cliente, la máxima incógnita se encuentra en saber cuál es el momento indicado para proceder a la reclamación formal de la deuda a través de una empresa especializada o un gabinete jurídico.

    La respuesta a esta cuestión es mucho más sencilla de lo que parece. Si la deuda fue contraída por el cliente debido a un vencimiento de factura que resultó impagado, a partir del día uno a ese vencimiento es cuando la empresa debe de activar sus políticas de recobro.

    De este modo el deudor verá que su acreedor es alguien preocupado por los impagados y por la gestión de cobro de sus facturas y de este modo, no se quedará cruzado de brazos ante una situación de impago que atente contra sus derechos de cobro cómo proveedor de un producto o servicio.

    Por esta razón y resumiendo, en el momento en que la deuda ha vencido, esta debe de ser reclamada cuanto antes ya que de este modo lograremos que se refuerce nuestra postura cómo acreedor, beneficiaremos nuestra imagen de marca cómo empresa rigurosa y mediante el efecto boca a boca contribuiremos a que se difunda nuestra tolerancia cero contra los impagos.

    Reclamar deuda plazo

    Visítanos en Google+