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  • Consejos para limitar al máximo los impagados a causa del Coronavirus (covid19)

    Consejos para limitar al máximo los impagados a causa del Coronavirus (covid19)

    Uno de los problemas más inmediatos que van a venir de forma ineludible para las empresas y profesionales no sólo en España, sino a nivel global, es el del impago de facturas debido a la actual situación de inestabilidad económica generada por el Coronoavirus (covid 19).

     

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    Ya es un hecho que el aluvión de impagados mercantiles que está por venir verá su máximo esplendor desde mediados de abril a finales de junio, fechas coincidentes con el alcance de pico de contagios en España hasta el control de la pandemia, tal y cómo anuncian los profesionales de salaud. 

    Esto unido a la volatilidad de los mercados financieros tanto en España cómo en los grandes mercados bursátiles, desata un clima global de incertidumbre económica cuya consecuencia más inmediata no es otra que la morosidad empresarial.

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    Estar prevenidos para lo que está por venir.

    En primer lugar debemos de tener un control sobre los productos y servicios que estamos facturando actualmente, establecer una estrecha vigilancia sobre nuestra cartera de clientes así cómo mantener el menor riesgo posible en nuestras operaciones comerciales.

     

    Categorizar a los clientes en función a incidencias de cobro pasadas.

    Para ello debemos desde nuestro departamento de administración organizar por tramos de facturación las remesas bancarias que han de llevarse a cabo en los próximos meses y si cabe, categorizar los clientes por incidencias de impago pasadas pues muy posiblemente tengamos, impagos recurrentes de estos clientes en las próximas semanas.

    De este modo segmentaremos a nuestra cartera de clientes por grupos de riesgo y así podremos anticiparnos a un posible problema de impago futuro.

     

    Medidas para evitar los impagos más inmediatas.

     

    Cómo medidas preventivas inmediatas en primer lugar podemos intentar cambiar la forma de pago que tengamos con nuestros clientes, debiendo de primar los pagos por tarjeta de crédito o transferencia bancaria frente a giros bancarios o efectos comerciales con vencimientos a más de 30 días.

     

    Si esto no fuera posible, debemos intentar emitir cargos bancarios de menor importe y con mayor grado de recurrencia. De este modo, estaremos disminuyendo el riesgo de impago por remesa bancaria y repartiendo este riesgo en varios cargos que podrán ser cancelados en el momento que existan los primeros indicios de impago.

     

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